Guía · Nómina y empleo
Cómo se calcula el aguinaldo en México
El aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas del año y también una de las más mal entendidas: mucha gente sabe que existe, pero no sabe exactamente cuánto le toca, si le pagan de más o de menos, o qué hacer si su empresa se retrasa. Esta guía explica la prestación desde su base legal hasta el cálculo exacto, con ejemplos numéricos reales.
Qué es el aguinaldo y quién tiene derecho a él
El aguinaldo es una prestación anual, obligatoria y en dinero, que todo empleador en México debe pagar a sus trabajadores. No es un bono discrecional ni un regalo de fin de año: es un derecho establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), y su incumplimiento es una infracción laboral con consecuencias legales para el empleador.
Tienen derecho a él todos los trabajadores subordinados, es decir, quienes prestan un servicio personal bajo la dirección de un patrón a cambio de un salario — independientemente del tipo de contrato (por tiempo indeterminado, determinado o por obra), de la antigüedad, o de si trabajan jornada completa o parcial. Quienes no tienen una relación laboral subordinada, como las personas que facturan por honorarios bajo un esquema de actividad empresarial, no están cubiertas por esta prestación porque legalmente no son “trabajadores” en el sentido de la LFT.
La fórmula, paso a paso
La ley fija un mínimo de 15 días de salario al año. La fórmula completa, que ya contempla el caso de no haber trabajado el año completo, es:
Aguinaldo = salario diario × días de aguinaldo × (días trabajados en el año ÷ días del año)
El salario diario se obtiene del salario mensual bruto: se multiplica por 12 (para obtener el ingreso anual) y se divide entre 365. Si trabajaste el año calendario completo, la proporción es 1 y recibes el total de los días de aguinaldo pactados; si ingresaste a mitad de año, solo cuentan los días trabajados desde tu fecha de ingreso (o desde el 1 de enero, lo que sea más reciente) hasta la fecha de corte.
Dos ejemplos numéricos
Ejemplo 1 — año completo
Alguien con un salario mensual bruto de $12,000.00, que trabajó todo el año y recibe el mínimo legal de 15 días: su salario diario es de aproximadamente $394.52 (12,000 × 12 ÷ 365). Su aguinaldo sería 394.52 × 15 = $5,917.81 brutos.
Ejemplo 2 — ingreso a mitad de año
La misma persona, pero que ingresó a trabajar el 1 de marzo de ese año: trabajó aproximadamente 306 de los 365 días del año (83.8%). Su aguinaldo proporcional sería 394.52 × 15 × 0.838 ≈ $4,961.00 brutos — la parte correspondiente a los diez meses que sí trabajó.
Ambos montos son brutos, antes de cualquier retención de ISR (ver más abajo). Si quieres el cálculo exacto con tus propios datos, incluyendo días de aguinaldo por encima del mínimo legal, usa la calculadora de aguinaldo.
Fecha límite y qué pasa si no te pagan a tiempo
La LFT obliga a pagar el aguinaldo antes del 20 de diciembre de cada año, sin excepción por tamaño de empresa o giro. Si tu relación laboral termina antes de esa fecha, la parte proporcional generada hasta el día de tu baja se paga como parte del finiquito, no se pierde.
El no pago es una infracción laboral: la Secretaría del Trabajo puede sancionar al empleador, y como trabajador puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para asesoría y conciliación gratuita, o iniciar una demanda laboral. Tienes hasta un año desde la fecha en que debió pagarse para reclamarlo.
¿El aguinaldo paga impuestos?
Puede estar sujeto a ISR, pero no todo el monto. La ley exenta la parte del aguinaldo equivalente a 30 UMA ($3,519.30 en 2026); solo el excedente sobre ese monto es gravable. En la mayoría de los sueldos de nivel medio, esto significa que buena parte —o la totalidad— del aguinaldo llega libre de esa retención. Para el neto exacto que verás depositado, lo más confiable es revisar tu recibo de nómina, ya que ahí también se reflejan otras retenciones (IMSS, crédito INFONAVIT, etc.) que esta guía no cubre.
Este cálculo es informativo y se basa en la normativa disponible a la fecha indicada. El resultado puede variar según las circunstancias particulares del contribuyente o trabajador, prestaciones, contratos, deducciones, retenciones y actualizaciones normativas. No constituye asesoría fiscal, laboral, jurídica o financiera.
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Ir a la calculadora de aguinaldoPreguntas frecuentes
¿El aguinaldo es lo mismo para todos los trabajadores?+
El mínimo de 15 días de salario es igual para cualquier trabajador subordinado, sin importar el tipo de contrato (planta, temporal, por obra) ni si trabajas jornada completa o parcial — en jornada parcial se calcula proporcional a las horas trabajadas. Lo que sí puede variar es si tu empresa ofrece más de 15 días como prestación superior a la ley, algo común en puestos administrativos y en empresas grandes.
¿Los trabajadores del hogar y por honorarios también reciben aguinaldo?+
Los trabajadores del hogar sí tienen derecho por ley al mismo mínimo de 15 días. Quienes facturan por honorarios (régimen de actividad empresarial o de plataformas, sin relación laboral subordinada) no tienen derecho a aguinaldo, porque esta prestación nace de una relación de trabajo, no de una relación mercantil.
¿Se calcula sobre el salario con o sin prestaciones?+
Se calcula sobre el salario base con el que cotizas, no sobre el total de tu percepción con prestaciones, bonos o comisiones variables — aunque si tus comisiones son una parte fija y habitual de tu ingreso, en algunos casos deben integrarse al salario base para efectos de esta y otras prestaciones. Ante la duda, revisa tu recibo de nómina o consulta con RH cuál es tu salario base registrado.
¿Qué hago si mi empresa no me paga el aguinaldo a tiempo?+
Primero, reclámalo por escrito a tu empleador — muchas veces es un tema administrativo, no una negativa. Si no hay respuesta o se niegan a pagarlo, puedes presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que ofrece asesoría y conciliación gratuitas, o iniciar una demanda laboral ante el Centro de Conciliación y el tribunal laboral correspondiente. El derecho al aguinaldo no prescribe de inmediato: tienes un año a partir de la fecha en que debió pagarse para reclamarlo.
¿El aguinaldo cuenta para calcular otras prestaciones, como el finiquito?+
Sí, en sentido inverso: si tu relación laboral termina antes del 20 de diciembre, la parte proporcional del aguinaldo que ya generaste en el año se incluye como uno de los conceptos del finiquito, junto con salarios pendientes, vacaciones y prima vacacional proporcionales.
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo, Art. 87Vigente desde 1 de mayo de 1970 · Verificado 19 de agosto de 2026
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