Calculadora de Vacaciones y Prima Vacacional 2026
Descubre cuántos días de vacaciones te corresponden según tu antigüedad y cuánto recibirías en total, incluyendo la prima vacacional.
Total a recibir por vacaciones 2026 (antes de ISR)
$7,890.40
- Antigüedad
- 3 año(s)
- Días de vacaciones
- 16 días
- Pago de vacaciones
- $6,312.32
- Prima vacacional (25%)
- $1,578.08
Este resultado es el pago BRUTO de vacaciones + prima vacacional (antes de cualquier retención de ISR). Este cálculo es informativo y no sustituye asesoría fiscal o laboral.
¿Cómo se calcula?
Los días de vacaciones se determinan con la tabla progresiva del Art. 76 LFT según tus años completos de antigüedad: 12 días en el primer año, aumentando 2 días por año hasta llegar a 20 en el quinto año, y luego 2 días adicionales cada 5 años de servicio.
El pago de vacaciones es tu salario diario multiplicado por esos días. La prima vacacional es un mínimo de 25% adicional sobre ese importe (Art. 80 LFT). El total a recibir es la suma de ambos conceptos.
¿Qué son las 'vacaciones dignas'?+
Es el nombre con el que se conoce la reforma de 2023 al Art. 76 de la LFT, que triplicó los días mínimos de vacaciones del primer año (de 6 a 12 días) y ajustó la tabla progresiva por antigüedad.
¿Desde cuándo tengo derecho a vacaciones?+
Hasta que cumples 1 año completo de servicios. Antes de ese año, la ley no otorga vacaciones pagadas (sí aplica en el finiquito de forma proporcional si terminas la relación laboral antes del año).
¿Qué es la prima vacacional y es distinta de las vacaciones?+
Sí. Las vacaciones son días pagados a tu salario normal. La prima vacacional es un bono adicional de al menos 25% sobre el importe de esos días (Art. 80 LFT) — se suman ambos conceptos.
¿Qué pasa si llevo más de 30 años en la empresa?+
El Art. 76 LFT continúa aumentando 2 días cada 5 años de servicio adicionales. Esta calculadora aplica esa misma progresión más allá de los 30 años.
¿Le descuentan impuestos a las vacaciones y la prima vacacional?+
Pueden estar sujetas a ISR según el monto y el resto de tus ingresos del periodo. Esta calculadora muestra el monto BRUTO, sin esa retención.
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo, Art. 76 (reforma DOF 27/12/2022)Vigente desde 1 de enero de 2023 · Verificado 19 de agosto de 2026
- Ley Federal del Trabajo, Art. 80Vigente desde 1 de mayo de 1970 · Verificado 19 de agosto de 2026
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